La VoZ digital | Diputados aprobaron reglamento para perdida de investidura para diputados y senadores

2018-03-07 | 17:31

Perdida de investidura

Diputados aprobaron reglamento para perdida de investidura para diputados y senadores
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La Cámara de Diputados concedió, Sobre Tablas, media sanción al proyecto de ley “Que reglamenta el artículo 201 de la Constitución Nacional sobre la pérdida de la investidura”, presentado por la diputada Olga Ferreira de López.

Según la legisladora se busca establecer un procedimiento destinado a la separación definitiva del cargo del demandado, en este caso de un senador o de un diputado, aportando una solución de fondo al vacío legal que genera no contar con la reglamentación del mencionado artículo, y siendo éste actualmente un clamor ciudadano.

Aclaró que laConstitución Nacional establece las causas por las cuales los senadores y diputados pierden la investidura, pero no establece un procedimiento de cómo se opera para hacer efectiva esa pérdida, por lo que es necesario contar con un procedimiento legal expresamente establecido, significó.

El proyecto, sin embargo, fue aprobado con las modificaciones introducidas por la Comisión de Legislación y Codificación, presidida por el diputado Bernardo Villalba (ANR-Concepción). El parlamentario significó que al no preverse en nuestro sistema positivo la revocatoria de mandato, se iguala el procedimiento con el juicio político, principalmente,en lo que se refiere al número de votos necesarios.“Se necesita, indefectiblemente, mayoría absoluta de dos tercios para aprobar este tipo de iniciativas”, significó.

“La solicitud será presentada como mínimo por una cuarta parte del total de miembros de la cámara respectiva del cual forme parte el legislador, expresando taxativamente los motivos que fundamentan el pedido y las pruebas correspondientes”, reza el Art. 2º de la referida normativa.

El art.201 de la Constitución Nacional establece que los senadores y diputados perderán su investidura, además de los casos ya previstos, por las siguientes causas: la violación del régimen de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en esta Constitución, y el uso indebido de influencias, fehacientemente comprobado.