La VoZ digital | Fiscal intervino directamente en 4 grandes causas iniciadas por el grupo de empresas en el cual su propia hija es representante legal

2019-03-15 | 22:07

Sucesos

Fiscal intervino directamente en 4 grandes causas iniciadas por el grupo de empresas en el cual su propia hija es representante legal
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Esquema del proceso judicial Esquema del proceso judicial
Las denuncias de Carlos Oleñik, siempre son asignadas a la fiscala Álvarez, madre de su asesora legal.

Se trata de la Agente Fiscal Esmilda Álvarez, quien en los últimos dos años tomó intervención en no menos de 4 causas penales impulsadas por el Sr. Carlos Oleñik o sus empresas relacionadas, PASFIN S.A. o ANNUAKI S.A.

La Agente Fiscal Esmilda Álvarez, es madre de Arlene Santacruz Álvarez quien, a su vez, es representante legal de RACOLE S.A., firma de la cual, Carlos Oleñik es Vicepresidente. Lo anterior puede confirmarse en la Causa Penal Nº 10.138/18

Denuncian que lejos de buscar apartarse de las causas iniciadas por el Sr. Carlos Oleñik o sus empresas relacionadas, la Agente Fiscal Esmilda Álvarez, actúa de forma inexplicablemente pronta en ellas, tal es el caso de la Causa Penal Nº 1663/2019, la cual se inicia con la denuncia presentada en fecha 1 de marzo de 2019, por el Sr. Carlos Oleñik como Presidente de la firma PASFIN S.A.

En la fecha mencionada arriba, el denunciante solicitó expresamente y de forma urgente el allanamiento del local denunciado, en consecuencia y debido a la supuesta necesidad urgente del allanamiento, la causa fue asignada a la Unidad Penal Nº 7, que se encontraba de turno. Hasta ahora el urgente allanamiento no tuvo lugar; sin embargo, mediante este ardid, el caso terminó siendo asignado a la Agente Fiscal Esmilda Álvarez, quien inmediatamente formuló imputación en contra del Presidente de la firma denunciada sin haberlo indagado, o haber ordenado o solicitado algún acto investigativo, como el urgente allanamiento u otro tendiente a recabar los elementos de sospecha necesarios para formular una Imputación de conformidad a lo establecido en el Art. 302 del Código Procesal Penal.

El mecanismo queda al descubierto.

Carlos Oleñik, ingresa convenientemente la denuncia de forma coincidente con el turno de la unidad fiscal a cargo de Esmilda Álvarez, pero, además, con el objeto de evitar la aleatoriedad de la asignación de la unidad fiscal, alega expresamente la urgencia de allanamiento de modo a que la causa sea asignada a la Agente Fiscal de su preferencia. Ni bien es asignada, la Agente Fiscal Esmilda Álvarez, procede inmediatamente a la imputación posiblemente inducida por el Sr. Carlos Oleñik, valiéndose de la vinculación manifiesta con la Agente Fiscal ya que la hija de ésta, Arlene Santacruz Álvarez, es representante legal de la Empresa RACOLE S.A., cuyo vicepresidente es Carlos Oleñik. La vinculación es evidente dicen, ya que Esmilda Álvarez habría intervenido anteriormente en por lo menos 4 (cuatro), causas impulsadas por Carlos Oleñik o empresas relacionadas con él.

Finalmente, en este caso, la imputación formulada por la fiscala Esmilda Álvarez, supuestamentepodría tener fines extorsivos ya que con ella Carlos Oleñik, pretendería forzar el pago de una deuda evitando recurrir por la vía pertinente, es decir, presentarse como acreedor ante el juicio de convocatoria de acreedores de la empresa denunciada, pretendiendo derivar al ámbito penal, cuestiones netamente comerciales.