La VoZ digital | Procesan a cinco personas que incumplieron normas para acceder a Pytyvõ

2020-07-09 | 21:24

APOYO ECONÓMICO

Procesan a cinco personas que incumplieron normas para acceder a Pytyvõ
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Imagen ilustrativa. GENTILEZA Imagen ilustrativa. GENTILEZA
La representante del Ministerio Público, Silvia Cabrera presentó imputación en contra de 5 personas que cobraron el subsidio del Gobierno sin merecerlo. La Fiscalía sostiene que estas personas trabajaban en el sector privado y cuentan con seguro de IPS.

En el marco de la causa abierta en torno al caso Pytyvõ, la agente fiscal Silvia Cabrera presentó imputación en contra de 5 personas más que presuntamente habían cobrado el subsidio, sin reunir los requisitos exigidos por la Ley.

Según las informaciones obtenidas, estos nuevos imputados trabajan en el sector privado y cuentan con el seguro de IPS, por lo que hasta el momento 35 personas están siendo procesadas en relación a este ilícito.

ANTECEDENTES

En total, de las 310 denuncias recepcionadas en el marco de la denuncia, 35 ya están imputadas y 275 en investigación por parte del Ministerio Público, a raíz de los supuestos actos delictivos cometidos en vinculación al Programa Pytyvõ, el cual fue dispuesto como ayuda económica temporal para compensar el paro de ingreso a las personas afectadas por la cuarentena sanitaria a causa del COVID-19.

Es decir, la Fiscalía en base a las denuncias que se presentan, enmarcan la tarea de colectar elementos e indicios sobre la supuesta comisión de los hechos punibles de Adquisición Fraudulenta de Subvenciones, Declaración Falsa y Estafa, tipificados en los artículos 262, 243 y 187 del Código Penal en concordancia con el artículo 29 inc. 1° del mismo cuerpo legal.

Los requisitos para acceder al beneficio económico son los siguientes: Tener dieciocho (18) años de edad cumplidos a la vigencia de la Ley o más, de nacionalidad paraguaya natural o naturalizada, fijar domicilio en el territorio paraguayo, haber completado el formulario establecido para la postulación, el cual tendrá carácter de Declaración Jurada, no cotizar, ni ser jubilado o pensionado de ninguna entidad pública o privada de Jubilaciones y Pensiones, no ser contribuyente del Impuesto a la Renta Personal (IRP), no percibir ingresos provenientes del Sector Público, tales como sueldos, jubilaciones, pensiones, transferencias de algún Programa de Asistencia Social del Estado, conforme al alcance de este Decreto y las reglamentaciones correspondientes, con relación a los miembros del hogar, y Aceptar las obligaciones establecidas en la Ley N°. 6524/2020 y la reglamentación para el otorgamiento del subsidio.

El 29 de abril de este año, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley N° 6524/2020 “Que declara Estado de Emergencia en todo el territorio de la República del Paraguay ante la pandemia, oficializada por la Organización Mundial de la Salud a causa del Covid-19 o Coronavirus y se establecen medidas administrativas, fiscales y financieras”. La disposición legal establece en su artículo 2do.:”…Autorizase al Poder Ejecutivo a implementar por el presente Ejercicio Fiscal medidas excepcionales de carácter presupuestario, fiscal y administrativo, de protección del empleo y de política económica y financiera, a fin de mitigar o disminuir las consecuencias de la pandemia del COVID-19 o Coronavirus, fortalecer el sistema de salud, proteger el empleo y evitar el corte de la cadena de pagos.