La VoZ digital | ONGs tienen hasta el 10 de junio para presentar anteproyectos de presupuesto 2023

2022-05-25 | 17:59

INFORME

ONGs tienen hasta el 10 de junio para presentar anteproyectos de presupuesto 2023
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La Dirección Administrativa, dependiente del Ministerio de Hacienda, comunica a las Entidades sin Fines de Lucro u Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) que reciben transferencias de recursos a través de la Coordinación de Obligaciones Diversas del Estado (CODE) que el plazo máximo establecido por esta Dirección para la presentación de sus Anteproyectos de Presupuesto para el ejercicio fiscal 2023 es el viernes 10 de junio, a las 15:00.

Hasta el próximo 10 de junio rige el plazo para que las Entidades sin Fines de Lucro u Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) presenten sus anteproyectos de presupuesto para el ejercicio fiscal 2023, recordó este miércoles el Ministerio de Hacienda.

La Dirección Administrativa, dependiente del Ministerio de Hacienda, comunica a las Entidades sin Fines de Lucro u Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) que reciben transferencias de recursos a través de la Coordinación de Obligaciones Diversas del Estado (CODE) que el plazo máximo establecido por esta Dirección para la presentación de sus Anteproyectos de Presupuesto para el ejercicio fiscal 2023 es el viernes 10 de junio, a las 15:00.

Asimismo, se recuerda que estos anteproyectos de presupuesto 2023 deberán ser elaborados en atención al tope del Plan Financiero 2022.

Para tal efecto, y de conformidad a lo estipulado en el Decreto N° 7007/2022, Artículo 18, Numeral 7. Transferencias, Inc. d) «Por el cual se establecen los lineamientos generales para los procesos de programación, formulación y presentación de los anteproyectos de presupuestos…», las ONGs deberán presentar las siguientes documentaciones, firmadas por las autoridades o titulares de la Entidad receptora:

Formularios B-01-01 B y B-01-01 C (Programación de Ingresos y Gastos) debidamente llenado y firmado por la máxima autoridad institucional: con excepción de los Cuerpos de Bomberos, quienes se regirán por lo establecido en la Ley N° 5375/2014, modificada por la Ley N° 6762/2021.

Entretanto que las demás ONGs deberán respetar el tope de hasta 10% de los fondos para gastos administrativos y el saldo a gastos misionales y/o inversiones inherentes a los fines u objetivos para los cuales fueron creados, con aplicación supletoria de la técnica de previsión de gastos del Clasificador Presupuestario del Presupuesto General de la Nación 2022.

Así como el formulario FG 03 “Justificación de los Gastos Programados”: debidamente detallado y fundamentado. El mismo será de carácter referencial para la ejecución. Las entidades podrán adjuntar todas las documentaciones relacionadas a sus proyectos.

Al igual que una copia autenticada de los estatutos y disposición legal: que crea y/o autoriza el funcionamiento de la entidad beneficiaria.

Las documentaciones deberán ser presentadas en formato digital legible en el sistema habilitado (Codeweb), Módulo “Actualización de Datos: Presentación Anteproyecto PGN”.

Finalmente, la Dirección Administrativa refiere que la Nota de solicitud de inclusión en el Anteproyecto PGN 2023 deberá estar dirigida a la Lic. Berenice Ortega, coordinadora interina de la Coordinación de Obligaciones Diversas del Estado del Ministerio de Hacienda. IP