La VoZ digital | Fijan fecha para audiencia de imposición de medidas a la ex jueza Irún

2022-10-08 | 15:49

PODER JUDICIAL

Fijan fecha para audiencia de imposición de medidas a la ex jueza Irún
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Imagen ilustrativa. GENTILEZA Imagen ilustrativa. GENTILEZA
El Juzgado Penal de Garantías fijo para el 19 de octubre próximo la audiencia de imposición de medidas donde deberá comparecer la ex jueza en lo Civil y Comercial de Asunción, Tania Irún. El juez Yoan Paul López definirá en la diligencia si otorga prisión preventiva o medidas alternativas a la prisión a la abogada que está imputada por prevaricato.

El juez penal de Garantías Yoan Paúl López de Asunción, Yoan Paul López, fijó fecha para la audiencia de imposición de medidas a la ez jueza en lo Civil y Comercial de Asunción, Tania Carolina Irún, quien en noviembre del año pasado había sido destituida por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) por supuesto mal desempeño de funciones al sentenciar la transferencia de 310 mil hectáreas de tierras del Chaco a cuatro empresas offshore de paraísos fiscales.

Posterior a su remoción la ex magistrada fue imputada por la agente fiscal de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción, Natalia Fuster. El acta de imputación por prevaricato fue presentado el 31 de enero último, y hasta la fecha no se pudo realizar la audiencia de imposición de medidas cautelares por acciones dilatorias presentadas por la defensa, informaron fuentes fiscales.

La audiencia fue fijada para el próximo 19 de octubre, a las 10:00 de la mañana. El juez  López será quien definirá si ordena la prisión de Irún o bien decide otorgar medidas alternativas a la prisión.

Recordemos que el 5 de octubre pasado la agente fiscal Natalia Fuster había presentado ante el Juzgado Penal de Garantías un requerimiento provisional para solicitar más tiempo para la investigación, atendiendo que aún se aguarda documentos requeridos a las autoridades de Islas Vírgenes Británicas y a la República de Chipre, países donde fueron constituidas estas empresas.

En tanto que la querella promovida por la Asociación del Espíritu Santo, en calidad de afectada como propietarias de las tierras, presentó acusación y solicitó que la causa sea elevada a juicio oral y público.

IMPUTACIÓN

La Fiscalía menciona que “como se puede observar, la defensa ha planteado un incidente totalmente improcedente debido a que no cumplen con los requisitos establecidos en nuestra norma jurídica, por lo que corresponde rechazar el incidente presentado por la defensa de Irún”, indica el escrito de la representante del Ministerio Público.

De acuerdo al acta de imputación, la entonces jueza civil Tania Irún, en fecha 23 de noviembre del 2018, en el marco del juicio caratulado “Cusabo Limited y otros c/ Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial sobre cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura pública”, resolvió hacer lugar a una demanda de cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura pública promovida por las firmas Cusabo Limited, Kyveloria Limited, Firstar Investments y Elite Kingdom Investments otorgándole 310 mil hectáreas a favor de dichas firmas cuyos accionistas no se conocen.

Asimismo, el Ministerio Público sostiene que la entonces magistrada Irún no habría corroborado los datos precisos de las identidades, nacionalidades de los representantes legales, así como tampoco se habría tenido en cuenta la calidad de las acciones o títulos (si los mismos eran nominativos o al portador) de las firmas extranjeras demandantes en incumplimiento a lo establecido en la Ley especial N° 2532/05 (que establece la zona de seguridad fronteriza de la República del Paraguay), artículos 1º, 2º, 4º y 8º de la mencionada ley.

“Como bien podrá advertir la entonces magistrada Irún al referirse al cumplimiento de lo previsto en la Ley especial N° 2532/05 (que establece la zona de seguridad fronteriza de la República del Paraguay), tan solo se habría limitado a hacer mención a lo referente al cumplimiento del Art. 2° de la citada ley en lo que respecta a la nacionalidad de las personas actoras; afirmando que las mismas no serían oriundas de los países limítrofes; sin embargo, en el expediente civil no existirían constancias de dichas afirmaciones”, menciona el escrito del Ministerio Público.