2017-05-23 | 10:42
HaciendaGrandes y medianos contribuyentes realizarán pago electrónico
Asimismo establece que los Agentes de Retención utilicen la mencionada modalidad de pago para ingresar el monto de las retenciones que efectuaron por los impuestos a las RENTAS (Código de obligación 151) y por el IVA (Código de obligación 221).
Esta medida obedece a que actualmente se encuentra plenamente disponible el sistema de pago electrónico a través de las entidades bancarias, y con el propósito de racionalizar los gastos del Estado.
En cuanto a los pequeños contribuyentes además de poder utilizar el sistema de pago electrónico a partir del 01/08/2017 podrán abonar sus obligaciones en las cajashabilitadas en la Dirección General de Grandes Contribuyentes (Independencia Nacional esquina Eduardo Víctor Haedo de Asunción) siempre que el monto a pagar sea igual o superior a ₲ 20.000.000 (veinte millones de guaraníes) por cada Boleta de Pago.
Para conocer con precisión las disposiciones contenidas en la Resolución General N° 115, puede acceder a la sección Normativas de la página web www.set.gov.py