La VoZ digital | Prohibida la circulación de personas 20:00 a 4:00 y multa de Gs. 8 palos para los que no hagan caso

2020-03-16 | 09:35

Coronavirus

Prohibida la circulación de personas 20:00 a 4:00 y multa de Gs. 8 palos para los que no hagan caso
103

Gentileza Gentileza
El Gobierno decidió prohibir la circulación de personas en la vía pública, de 20:00 a 4:00, en el marco de la lucha contra el coronavirus. Advierten con multas de Gs. 8 millones para quienes no respeten esta disposición.

Euclides Acevedo Ministro del Interior y otros secretarios de estado, anunciaron esta medida adoptada desde el Gobierno Naiconal, para evitar la propagación del coronavirus. 

Acevedo refirió que no se trata de un toque de queda, sino que se apelará a la acción de la Policía Nacional para evitar que personas que no estén realizando algún trabajo específico, circulen por la vía pública de 20:00 a 4:00 horas. 

"A partir de las 20:00 horas hasta las 4:00 de la mañana la circulación de personas y vehículos será absolutamente restringida. No es un toque de queda (...) El derecho a la circulación se va a restringir con el objeto de ser drásticos con respecto a la cuarentena, que no es otra cosa que el aislamiento”, explicó. 

Refirió a su vez que el Código Sanitario contempla multas para aquellos que incumplan con esta disposición. 

“A nosotros nos mueve una garantía constitucional absolutamente intransferible, no negociable, ni siquiera discutible, que es la salud pública que está garantizada en el Art. 68 de la Constitución. No solamente se garantiza la salud pública, sino se obliga a los ciudadanos a acatar a todas las medias sanitarias que hagan referencia a la salud publica", comentó. 

El secretario de estado puntualizó que la medida no rige para aquellas personas que trabajan en horario nocturno. Dijo que los policías seguramente se darán cuenta quienes son los que se movilizan a esa hora por cuestiones laborales y los que están "macaneando". 

Refirió que inclusive las Patrulleras se ofrecerán a acercar a los trabajadores a sus casas, una vez culminadas sus jornadas laborales, en algunos casos. 

Acotó que solicitarán la colaboración del Ministerio Público para determinar qué hacer con cada caso puntual de aquellas personas que eventualmente infrinjan estas disposiciones. Esto en lo referente a donde serán derivados y el tiempo que serán privados de su libertad. 

Puntualizaron que el Código Sanitario contempla penas privativas de libertad y multas que van desde los Gs. 8 a 40 millones.