La VoZ digital | Recuerdan que propaganda electoral callejera debe ser sólo del 19 de mayo al 17 de junio

2021-03-26 | 10:34

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Recuerdan que propaganda electoral callejera debe ser sólo del 19 de mayo al 17 de junio
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Gentileza. Gentileza.
La Fiscal Electoral, Abg. Myriam González, informó que el periodo de Propaganda Electoral para las internas partidarias del 20 de junio será del 19 de mayo al 17 de junio en lo que respecta a la vía pública.

En cumplimiento del Cronograma Electoral para las Elecciones Municipales 2021, la Fiscalía Electoral de la Capital, junto con la Justicia Electoral y la Municipalidad de Asunción, realizó el retiro de Propaganda Electoral extemporánea sobre la avenida Mariscal Francisco Solano López de la capital del país.

La Fiscal Electoral Abg. Myriam González manifestó que “estamos haciendo otro procedimiento para la eliminación de propagandas electorales que están ubicadas en la vía pública, en varias avenidas importantes de la ciudad. Vamos a continuar con este trabajo hasta que inicie el periodo establecido para la difusión de propaganda electoral”

 Añadió que “por parte de la fiscalía ya emitimos un oficio a la Comandancia de la Policía Nacional para solicitar colaboración con este operativo, y de esta manera la Fiscalía en el fuero Penal intervenga y se pueda aplicar la multa correspondiente al hecho, de hasta 100 jornales mínimos a los responsables, que serían los que realizan el trabajo y a los candidatos que solicitan este servicio fuera de tiempo”.

Con respecto a la aplicación de las multas por delitos electorales, la Fiscal Electoral explicó; “En estos casos los municipios son los que deben aplicar las sanciones o multas, sin embargo, se torna complicado muchas veces el trabajo en vista de que las personas no son encontradas en flagrancia”. 

Por su parte el Jefe de Acciones Judiciales de la Municipalidad de Asunción Jorge Cantero agregó, “En cumplimiento a un oficio del Ministerio Público, procedimos a  acompañar un control aleatorio en busca de propaganda electoral extemporánea, prestamos apoyo logístico para cubrir estas pintatas y luego labraremos el acta correspondiente para remitir estos antecedentes a los Juzgados de Faltas, quienes son los órganos aplicativos de las sanciones que prevé el Código Electoral para estos delitos”. 

El representante de la Municipalidad de Asunción apeló a generar conciencia sobre estos actos que se encuentran fuera de tiempo e instó a los candidatos a concentrarse en no invertir sus recursos en cosas superfluas, teniendo en cuenta el momento que está viviendo el país, a la par respetar lo que dicta el calendario electoral establecido para los próximos comicios.

La Ley N° 834/1996 Código Electoral, en su artículo 290, indica que para los comicios internos de las agrupaciones políticas la propaganda electoral no podrá exceder de treinta días, esto se entiende por propaganda electoral a la exposición en la vía y espacios públicos de pasacalles, pintatas y afiches que contengan propuestas de candidatos o programas para cargos electivos, espacios radiales o televisivos con mensaje que llamen a votar por determinados candidatos o propuestas, espacios en periódicos con propuestas de candidaturas o programas de gobierno.

 

 

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